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19 de septiembre de 2026

El Gobierno local defendió la tasa a camiones ante las críticas y difundió la ordenanza que San Nicolás aplica para el mismo fin

El municipio hizo llegar a la prensa la Ordenanza N° 10055 vigente en la vecina ciudad, que también restringe la circulación de tránsito pesado y exige un permiso pago con requisito de libre deuda, para marcar que el esquema cuestionado no es una excepción local.

En medio de la polémica generada por la nueva tasa que cobra el Partido de Ramallo a los camiones que ingresan por Villa General Savio, el gobierno municipal envió a los periodistas que integran el grupo de WhatsApp de prensa un comunicado con precisiones sobre el funcionamiento del sistema, y además hizo circular la Ordenanza N° 10055 del Honorable Concejo Deliberante de San Nicolás de los Arroyos, con el objetivo de mostrar que la ciudad vecina aplica un esquema restrictivo similar —o incluso más gravoso— para el tránsito pesado que circula por su jurisdicción.

Lo que dice la ordenanza de San Nicolás

La Ordenanza N° 10055, sancionada el 23 de abril de 2020 y promulgada por decreto el 30 de ese mes durante la gestión de Manuel Passaglia, establece en su artículo 1° la prohibición de circular y estacionar con vehículos de tránsito pesado —de más de 8 metros de largo— en todo el Partido de San Nicolás. La norma exceptúa de esa prohibición únicamente a los casos previstos en la Ordenanza 6605/05 y a un circuito específico de acceso y egreso: la Autopista Panamericana, la Ruta Nacional 188, avenida Savio, y las calles Bogado, Subiza, Ponce de León y Colón, tanto para los camiones que se dirigen al Partido de Ramallo como para los que operan con empresas radicadas en la zona del Puerto de San Nicolás.

La norma también prohíbe la carga y descarga de mercadería entre las 10 y las 24 horas en el radio comprendido por las calles Alberdi, Falcón, Savio/Moreno y Colón/Aguiar, y fija sanciones de entre 20 y 500 módulos para quien incumpla lo dispuesto, aplicables en forma conjunta o indistinta al propietario del vehículo, al chofer o a la empresa para la que se preste el servicio.

El permiso de excepción, con costo y condicionado a estar al día

Según la información que también circuló entre los periodistas, para poder circular fuera del corredor habilitado —por ejemplo, por la Ruta 188— los transportistas deben tramitar ante el municipio de San Nicolás un permiso de excepción a través de su Oficina Virtual, aportando el formulario de solicitud, copia del título del vehículo y seguro vigente, certificado de carga y plano de recorrido propuesto.

Esa tramitación no es gratuita: de acuerdo al detalle enviado, "la tramitación de permisos de excepción, visados y solicitudes administrativas ante el municipio está alcanzada por los Derechos de Oficina fijados en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente", cuyo costo "varía de acuerdo al nomenclador tributario anual aplicable a los trámites de la Mesa de Entradas y áreas de transporte". A eso se suma una condición excluyente: el sistema bloquea automáticamente la emisión del permiso si el titular o el comercio solicitante registra deuda fiscal municipal pendiente, hasta tanto regularice su situación.

La respuesta de Ramallo: "no es una nueva tasa"

En paralelo a la difusión de la normativa nicoleña, el municipio de Ramallo remitió a la prensa un comunicado propio para reforzar su postura frente a los cuestionamientos del sector del transporte. Allí sostiene que la Tasa de Tránsito Pesado "no constituye una nueva carga tributaria", sino un tributo vigente desde 2002 que hasta ahora solo abonaban las empresas Bunge, Fiplasto, Xstorage, Loma Negra S.A. y la arenera Vázquez, y que con la instalación del arco de control en el acceso a Villa General Savio pasará a aplicarse a todo el tránsito pesado que ingrese al partido, "garantizando así un esquema equitativo y ordenado".

El texto remarca que la tasa tiene una contraprestación concreta —mantenimiento de calzada, demarcación vial, iluminación, cartelería, corte de pasto y asistencia vial— y adelanta la construcción de una playa de estacionamiento con duchas, sanitarios y puestos gastronómicos para los choferes. También aclara que no se trata de una doble imposición: el pago en el acceso reemplaza al que antes se cobraba directamente en las plantas, elimina el manejo de efectivo y las demoras, y que los transportistas locales cuentan con un beneficio especial, ya que un único pago diario les habilita hasta diez ingresos al partido.

Una controversia con dos jurisdicciones de por medio

La difusión simultánea de ambas normativas deja planteada la controversia en estos términos: mientras el sector del transporte de cargas cuestiona el cobro de 25 mil pesos diarios en el acceso a Villa General Savio calificándolo de "peaje encubierto", el municipio de Ramallo remarca que la alternativa de circular por la Ruta Nacional 188 hacia San Nicolás también está sujeta a un trámite pago y restrictivo, regulado por una ordenanza vigente desde 2020, con exigencias adicionales —como la certificación de libre deuda— que no rigen para la tasa ramallense.

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