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LOCALES
16 de octubre de 2026
El Concejo Deliberante sancionó por mayoría el Sistema Integral de Gestión del Tránsito Pesado, que unifica una docena de normas anteriores. Votaron a favor Fuerza Patria y Juntos por Ramallo; en contra, Hechos y la Vecinal 24 de Octubre, que pidieron sin éxito volver a comisión y reclamaron reglas más claras.
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo aprobó por mayoría la ordenanza que crea el Sistema Integral de Gestión del Tránsito Pesado (SIGTP), una norma que busca ordenar la circulación de camiones en el distrito, crear un registro municipal de transportistas, exigir permisos y endurecer las sanciones.
La iniciativa, impulsada por el Departamento Ejecutivo, obtuvo los votos de Fuerza Patria y de la concejala Soledad Agotegaray, de Juntos por Ramallo. Votaron en contra los concejales de Hechos y Germán Iribarria, de la Vecinal 24 de Octubre. Los bloques opositores habían pedido que el expediente volviera a comisión para profundizar su análisis, pero la moción no prosperó.
Una sola norma para ordenar el sistema
Según los fundamentos, la normativa vigente estaba “diseminada en distintas normas”. Por eso la ordenanza deroga expresamente doce disposiciones anteriores, desde la 1489/97 hasta la 6278/21, y se establece como el marco general en la materia.
El sistema tiene cuatro objetivos: ordenar la circulación pesada, proteger la infraestructura vial urbana y rural, reducir los riesgos de seguridad vial y garantizar condiciones equitativas para los operadores. Alcanza a camiones con o sin acoplado, semirremolques, unidades articuladas, vehículos de carga a granel y maquinaria vial o agrícola que circule por la vía pública. Quedan excluidos los utilitarios livianos de reparto urbano, las unidades de servicios públicos identificadas y los vehículos de emergencia.
Corredores, registro y permisos
El Anexo I prohíbe el tránsito de camiones con acoplado, semirremolques, bateas y tolvas, vacíos o cargados, en todas las avenidas y calles de Ramallo, Villa Ramallo, Pérez Millán, El Paraíso y Villa General Savio. Define además un único recorrido de ingreso y egreso para cada localidad. Para Ramallo y Villa Ramallo, incluye el acceso desde la autopista por el puente del km 218, el Camino de la Costa hasta calle Velázquez y la Ruta 51 desde el km 205 hasta la Ruta Provincial 1001. Para Villa General Savio, el ingreso es por la Ruta 1001. Para Pérez Millán y El Paraíso se detallan calles específicas.
Se crea además el Registro Municipal de Transporte de Cargas, de inscripción obligatoria, que será condición previa para obtener el Permiso Municipal de Circulación. Ese permiso será obligatorio para ingresar a zonas urbanas, realizar operaciones de carga y descarga y circular dentro del Partido. El Ejecutivo podrá establecer permisos ocasionales, periódicos y logísticos para empresas radicadas. Los conductores deberán exhibirlo, en formato físico o digital, junto con la habilitación del vehículo, el seguro, la licencia y los datos de la carga. La falta de exhibición se considerará presunción de infracción.
Para el control, la norma prevé operativos en la vía pública, puestos fijos o móviles en los accesos, controles selectivos en zonas urbanas, dispositivos tecnológicos de monitoreo y sistemas digitales de validación de permisos. Quedan a cargo de la Secretaría de Gobierno, el área de Seguridad y/o Tránsito, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y el Juzgado de Faltas.
El régimen de sanciones
La ordenanza incorpora un Título XIII al Código de Convivencia y Faltas. Las multas se expresan en Unidades Fijas (UF), equivalentes al valor del litro de nafta de mayor octanaje en estaciones de servicio de bandera nacional.
Serán responsables solidarios el conductor, la empresa transportista y, cuando corresponda, el titular de la carga. La norma prevé un período de apercibimiento de 90 días desde su promulgación, y la reiteración de infracciones podrá derivar en la suspensión del registro o la restricción de futuros permisos.
Fondos afectados
La ordenanza destina lo recaudado por el gravamen de control de la Red de Tránsito Pesado, previsto en el artículo 246 del Código Tributario (Ordenanza 7314/25), a obras de infraestructura vial e hídrica y a programas de capacitación y concientización en seguridad vial. El Ejecutivo deberá abrir cuentas y partidas específicas para identificar el origen y el destino de esos fondos.
Las objeciones de la oposición
Durante el debate, el concejal de Hechos Luis Algasibiur sostuvo que su bloque comparte la necesidad de ordenar el tránsito pesado, pero no el instrumento elegido. “Las reglas tienen que ser claras, públicas y transparentes. No podemos depender de decisiones discrecionales”, afirmó.
Cuestionó que varios aspectos centrales queden sujetos a reglamentación del Ejecutivo. Entre ellos señaló el régimen de permisos, que a su juicio no precisa las diferencias entre las categorías, los requisitos, los plazos de respuesta ni las causas de rechazo. También planteó que el límite de circulación sobre la Ruta 51 se extienda hasta la rotonda proyectada en la Vuelta del Eje, para garantizar un retorno seguro. Advirtió, además, que los dispositivos tecnológicos de monitoreo deben estar bien definidos para evitar conflictos como los que ya generó el pórtico de Villa General Savio, y pidió que el Municipio informe periódicamente al Concejo sobre la recaudación y el destino de los fondos.
“Ramallo necesita orden, pero también transparencia, seguridad jurídica y reglas iguales para todos”, concluyó.
Con la aprobación, el desafío ahora pasa por la implementación: reglamentar los permisos, señalizar los corredores, difundirlos entre transportistas y empresas, como exige la propia norma, y poner en marcha el registro.