Nuevo revés judicial para Carboquímica
“La mencionada cámara rechaza esta medida reforzando y confirman la sentencia ya dictada por la anterior instancia. En estas sentencias, se refleja claramente la posición respecto al medio ambiente que tienen los magistrados, en su defensa y su preservación. Si bien es una postura que, lentamente, se va tomando en los funcionarios del poder judicial, este fallo sobre una empresa que daña el ambiente en nuestro territorio es un motivo para celebrar” informaron desde la ONG ramallense.
Además explicaron que “el fallo a esta apelación determina una serie acciones que la empresa debe llevar adelante no solo para resarcir el daño producido y su accionar negligente, sino también para que tome medidas precautorias y preventivas en lo que respecta al medio ambiente. De este modo, se le obliga al cese del daño y a la recomposición ambiental, que involucra no solo a la empresa responsable de la contaminación, sino también al organismo competente en su fiscalización, que, en este caso, sería el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (O.P.D.S.)”.
En otro orden explicaron que además, se ordena, según lo dice textualmente “adecuar la estructura y procedimientos del tratamiento de sus residuos industriales y sus efluentes líquidos y gaseosos, cumplir con la totalidad de condicionamientos y medidas mitigadoras impuestas por el O.P.D.S., prohibir el funcionamiento industrial del establecimiento hasta tanto no obtenga la totalidad de las habilitaciones necesarias para el desarrollo de sus actividades, y ordenar la recomposición del daño causado por la existencia de hidrocarburos en tierra y contaminación freática [del agua subterránea]”.
Autoridad del agua
En tanto, se pidió que intervenga la Autoridad del Agua para evaluar y determinar, “si existe la necesidad de adoptar medidas de recomposición por configuración de daño derivado del vuelco de efluentes líquidos en la zona de ribera contigua al establecimiento”.
“Por último, aunque no sé dictaminó de modo unánime y aún no es una cuestión a cumplir, otro aspecto favorable de este fallo es que se pide que la empresa pague un determinado monto por el incumplimiento de sus deberes y responsabilidades en lo que respecta al medio ambiente y para garantizar que esto no vuelva a ocurrir. Es decir, se determina que esta cantidad a pagar debe ser tal que a la empresa le convenga más comenzar a tomar medidas precautorias y a adecuar sus instalaciones para el cuidado del medio ambiente, que pagar la indemnización y seguir operando en detrimento del bienestar general. Si bien esta introducción al fallo respecto de la instancia anterior es minoritaria, la parte demandante pedirá que esta cuestión se ratifique” indicaron en el informe.
“Gran avance”
Desde UPVA consideraron que “este fallo es un gran avance y es el resultado de la lucha colectiva, de las acciones sociales y del trabajo conjunto de muchas personas y organizaciones. Es un revés judicial para la empresa y un visto bueno al cuidado del medio ambiente. Sienta las bases para un precedente crucial frente a otras causas que en nuestra localidad involucran a otros establecimientos, que, igualmente, observan este tipo de irregularidades. Con gran satisfacción encontramos en este fallo, el resultado del compromiso de diferentes personas y los frutos de la lucha colectiva, de la que estamos orgullosos de haber sido parte”.