Se informó el decreto que establece las nuevas medidas para Ramallo
El decreto que lleva la firma del Intendente Municipal establece:
a) Quedan suspendidas las actividades sociales, educativas, religiosas, deportivas, culturales, familiares, gastronómicas y de turismo bajo la modalidad presencial.
B) Podrán desarrollar sus actividades en el horario de 06:00 a 18:00 horas los comercios esenciales con atención al público dentro del establecimiento.
Los comercios no esenciales, solo podrán desarrollar sus actividades bajo la modalidad de entrega a domicilio y/o para llevar, en el horario de 06:00 a 18:00 horas.
c) La actividad gastronómica solo podrá funcionar bajo la modalidad de entrega a domicilio o para llevar, en el horario de 06:00 a 23:00 horas.
d) Para las actividades de esparcimiento, como caminata, trote y/o ciclismo, el horario permitido será de 06:00 a 18:00 horas
El horario de circulación permitido será de 06:00 a 18:00 horas en cercanías del domicilio. Aquellas personas que acrediten ser personal esencial, podrán transitar sin restricciones, presentando el permiso de circulación correspondiente.
Ante el incumplimiento de lo establecido en el presente Decreto se aplicara lo normado en el Régimen de Faltas Municipal mediante Ordenanza N° 191/85 y sus modificatorias