22 de enero de 2018

En defensa de la paritaria nacional docente

El concejal Elvio Zanazzi envío el siguiente proyecto de Resolución para expresar su descontento por la decisión tomada por el gobierno nacional.

Ramallo, 19/01/2018
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
BLOQUE  F.P.V.-UNIDAD CIUDADANA

VISTO:
                        La necesidad de apoyar solidariamente la lucha de los trabajadores de la educación por el avasallamiento a sus derechos generado por el decreto N° 52, firmado por el Presidente Mauricio Macri y el Ministro de Educación de la Nación Alejandro Finocchiaro, con aval del Ministro de Trabajo Jorge Triaca. El decreto no sólo elimina la negociación del salario mínimo nacional docente, que establece un sueldo piso en todo el país, sino además deja sin efecto la participación proporcional en la mesa de negociación; Y

CONSIDERANDO:

                       Que el Decreto N° 52 viola la ley de Financiamiento Educativo N° 26075/05;
                       Que la relevancia de la ley de Financiamiento Educativo radica en  el aumento progresivo de la inversión en educación, ciencia y tecnología por parte del gobierno nacional, de las jurisdicciones provinciales y de la ciudad de Bs As. Ello está en consonancia con el artículo 75, inciso 3 de la Constitución Nacional: “Establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipable, por tiempo determinado por la ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada cámara”.
                       Que un decreto, por ser una norma inferior a una ley, no puede derogarla, por lo tanto es inconstitucional;
                       Que el sueldo docente está atado a un salario mínimo, vital y móvil que el gobierno nacional determinó de forma unilateral;
                       Que el Decreto N° 52 elimina la discusión por el salario mínimo docente. En el Partido de Ramallo, la derogación de la Paritaria nacional afectará a aproximadamente mil educadores;
                       Que al negar la Paritaria nacional docente, el gobierno nacional determina que las provincias de menores recursos tendrán problemas graves para afrontar el pago de los salarios a los educadores, al no contar con el sueldo piso que posibilita a todos los docentes estar en un pie de igualdad. Tal situación generará docentes de primera y docentes de segunda, afectando además el concepto de país federal;
                       Que el Decreto citado en los considerandos precedentes modifica la representación en la Mesa paritaria establecida por ley;
                       Que el decreto viola la libertad sindical y la ley de organizaciones sindicales;
                       Que el decreto contradice los postulados de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) con respecto a la libertad sindical y la negociación colectiva;
                       Que la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) aglutina a más de 420.000 trabajadoras y trabajadores en todas las provincias, por lo cual tiene la representación mayoritaria en la paritaria nacional, como establece la Ley N° 23551 de Asociaciones Sindicales. El Decreto N° 457/07 reglamenta el artículo 10 de la ley 26075 reafirmando la representación gremial en función del número de afiliados;
                       Que los cinco sindicatos con representación nacional (CTERA, SADOP, AMET y UDA) actúan en forma conjunta;
                       Que el Poder Ejecutivo Nacional, es decir la Patronal, quiere imponer las reglas de juego de manera unilateral, desconociendo que la discusión debe ser entre los gremios y el Gobierno;
                       Que el Ministro de Educación de la Nación, Alejandro Finocchiaro ha señalado que las cuestiones gremiales que se deben discutir se limitan a la capacitación y régimen de vacantes, desconociendo el artículo 10° de la Ley N° 26075, de Financiamiento Educativo, que define claramente que el Ministerio de Educación, con el Consejo Federal de Cultura y Educación y las entidades gremiales docentes con representación nacional, acordarán en convenio marco que incluirá pautas generales referidas a: A) CONDICIONES LABORALES; CALENDARIO EDUCATIVO; C) SALARIO MÍNIMO DOCENTE y D) CARRERA DOCENTE;
                      Que el Decreto 52 pone fin al programa de Compensación Salarial Docente cuyo objetivo es contribuir a la compensación de las desigualdades en el salario inicial docente en aquellas provincias  que a pesar del esfuerzo financiero destinado al sector no le resulte posible superar  dichas desigualdades, tal como lo establece el Art.9 de la ley 26075;
                      Que el tratamiento del salario mínimo docente se haya incluido en el inciso I de la mencionada Ley, por lo tanto no hay razón para su exclusión;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RAMALLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA DE 

RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1): Adhiérase y respáldese a las dos denuncias efectuadas por las organizaciones gremiales; una ante la Internacional de Educación (federación mundial de sindicatos que representa a más de treinta millones de personas trabajadoras de la educación en 177 países de todo el mundo),  de la que CTERA forma parte, y la otra,  ante la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), por violación a la ley sindical y a la Ley de Financiamiento Educativo.-
ARTÍCULO 2): Remítase copia de la presente al Congreso Nacional, a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, a todos los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, y a todas las entidades gremiales con representación nacional y sus delegaciones locales en el Partido de Ramallo.-
ARTÍCULO 3): Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.-
ARTÍCULO 4): De forma.-

 


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