8 de mayo de 2017
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Moviport: la judicialización
Por Fernando Latrille
Luego de los bochornosos ocho votos del FpV (Marta Gomez; María José Mendiburu; María Luisa Herrera; Ricardo Gorostiza; Sergio Romá; Luis Onofri; Elvio Zanazzi; Ricardo Belos) y el desempate por doble voto del presidente Ricardo Belos, haciendo uso de sus facultades, el Concejo Deliberante en la sesión del jueves 4 de mayo, terminó aprobando por mayoría la resistida empresa que manipula y fracciona agrotóxicos para que se instale a metros de una escuela primaria y a menos de tres kilómetros de Villa Ramallo. Agotada y vencida la vía política lo que viene es la judicialización para que la empresa no se instale.
Existen sobrados elementos para que cualquier ciudadano recurra al poder judicial-que es lo que ocurrirá- que son: l) el acta de la audiencia pública, precisamente la del día 1 de febrero, donde figura la pobre exposición de un empleado-socio de Moviport, quien confesó que pretendían instalarse sobre la ruta por una cuestión de costos, para no pagar los servicios que en Comirsa tienen. 2) la exposición de Leandro Monserrat advirtiendo consecuencias. 3) la exposición del ingeniero Alejandro Natalini explicando que el lugar elegido para crear una zona industrial, instalación de Moviport, es donde en un futuro no muy lejano se extraiga agua para nuestra comunidad. Esos argumentos expuestos llevaron al cambio del proyecto donde el ejecutivo ajustó a la empresa condiciones de su instalación, entre ellas no trabajar con las sustancias prohibidas por ordenanza. Elementos de cambio que no son suficientes cuando hablamos de medioambiente.
Cuestión de principio (precautorio)
Cuando desde el gobierno, o los propios concejales, apuntan que se han tomado todos los recaudos para que la empresa se instale respetando las normativas, se olvidan de algo esencial que existe desde el 2008 y que es el principio precautorio, fundamental en medioambiente, que se estableció mediante un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2008, en la causa Dino Salas.
El principio precautorio entiende que la única manera de preservar nuestro medioambiente es evitando se ocasione el daño, y no hace falta tener la prueba científica, que se sabe, se podría obtener recién con el daño ocasionado, por eso lo de precautorio indica que es antes donde se debe intervenir, detener la posible acción que atente en este caso contra nuestro suelo donde vamos a extraer en un futuro nuestra agua.
El argumento utilizado desde el poder, es que tipos de emprendimientos al igual que Moviport ya existen en nuestro partido. Que lo anormal se haya naturalizado no indica que se debe perfeccionar esos errores o continuar con ellos. Moviport seguirá siendo la gran resistida y será el poder judicial al que se acuda para que no se ponga más en riesgo nuestro medioambiente.
Luego de los bochornosos ocho votos del FpV (Marta Gomez; María José Mendiburu; María Luisa Herrera; Ricardo Gorostiza; Sergio Romá; Luis Onofri; Elvio Zanazzi; Ricardo Belos) y el desempate por doble voto del presidente Ricardo Belos, haciendo uso de sus facultades, el Concejo Deliberante en la sesión del jueves 4 de mayo, terminó aprobando por mayoría la resistida empresa que manipula y fracciona agrotóxicos para que se instale a metros de una escuela primaria y a menos de tres kilómetros de Villa Ramallo. Agotada y vencida la vía política lo que viene es la judicialización para que la empresa no se instale.
Existen sobrados elementos para que cualquier ciudadano recurra al poder judicial-que es lo que ocurrirá- que son: l) el acta de la audiencia pública, precisamente la del día 1 de febrero, donde figura la pobre exposición de un empleado-socio de Moviport, quien confesó que pretendían instalarse sobre la ruta por una cuestión de costos, para no pagar los servicios que en Comirsa tienen. 2) la exposición de Leandro Monserrat advirtiendo consecuencias. 3) la exposición del ingeniero Alejandro Natalini explicando que el lugar elegido para crear una zona industrial, instalación de Moviport, es donde en un futuro no muy lejano se extraiga agua para nuestra comunidad. Esos argumentos expuestos llevaron al cambio del proyecto donde el ejecutivo ajustó a la empresa condiciones de su instalación, entre ellas no trabajar con las sustancias prohibidas por ordenanza. Elementos de cambio que no son suficientes cuando hablamos de medioambiente.
Cuestión de principio (precautorio)
Cuando desde el gobierno, o los propios concejales, apuntan que se han tomado todos los recaudos para que la empresa se instale respetando las normativas, se olvidan de algo esencial que existe desde el 2008 y que es el principio precautorio, fundamental en medioambiente, que se estableció mediante un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2008, en la causa Dino Salas.
El principio precautorio entiende que la única manera de preservar nuestro medioambiente es evitando se ocasione el daño, y no hace falta tener la prueba científica, que se sabe, se podría obtener recién con el daño ocasionado, por eso lo de precautorio indica que es antes donde se debe intervenir, detener la posible acción que atente en este caso contra nuestro suelo donde vamos a extraer en un futuro nuestra agua.
El argumento utilizado desde el poder, es que tipos de emprendimientos al igual que Moviport ya existen en nuestro partido. Que lo anormal se haya naturalizado no indica que se debe perfeccionar esos errores o continuar con ellos. Moviport seguirá siendo la gran resistida y será el poder judicial al que se acuda para que no se ponga más en riesgo nuestro medioambiente.