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14 de abril de 2020

Comunicado del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires

Habiendo sido dictada la Decisión Administrativa 467/2020, y en la interpretación armónica de la misma junto al DNU 297/2020, la DA 429/2020, la DA 450/2020 y la DA 468/2020, entre otros, consideramos importante subrayar que la primera incorpora dentro del listado de actividades y servicios declarados esenciales a la “ Actividad Notarial”, pero la LIMITA EXCLUSIVAMENTE para el cumplimiento de las actividades y servicios establecidos en las restantes disposiciones y las que en un futuro pudieran incorporarse, es decir los servicios notariales tienen un CARACTER ACCESORIO, de las excluidas del Aislamiento Social Obligatorio.

En consecuencia, las escribanías deben continuar cerradas y sin atención al público, por lo que el escribano sólo concurrirá para cubrir la necesidad puntual que exista y en virtud de los requerimientos que se pueden originar: acta, poder, certificación de firma.

 

La DA 467/2020 claramente determina que las Delegaciones del Colegio de Escribanos NO podrá tener atención al público y que tendrá guardia bajo los términos taxativos de EXCEPCIONAL, MÍNIMA Y RESTRINGIDA para dichos fines.

Estas medidas se extenderán durante el tiempo que se prolongue el Aislamiento Social Obligatorio, impuesto por el Poder Ejecutivo Nacional. De modificarse estas circunstancias serán notificadas al público.

 

En virtud de lo expuesto, la Delegación San Nicolás del Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires, COMUNICA a los partidos de San Nicolás, Ramallo, San Pedro y Baradero, que los escribanos, en ejercicio de su función social y en resguardo de los derechos personalísimos, podrán autorizar poderes y/o certificar firmas, con el fin de posibilitar que personas de riesgo no tengan que concurrir a los bancos a cobrar o percibir sus haberes.

Esta actuación, coadyuvante a la del Estado, será gratuita y tiene como objetivo contribuir con nuestra actividad, ayudando a los sectores de la población más necesitados y vulnerables durante la pandemia.

 

La intervención notarial no es obligatoria pudiendo excusarse el notario dentro de la interpretación armónica del DNU 297/2020 y de toda la normativa vinculada.

Al efecto, se publicitará la nómina de escribanos, sus direcciones, teléfonos de contacto y correo electrónico, en el Facebook de la Delegación San Nicolás del Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires y en los diarios locales (formato papel y digital). Asimismo las escribanías podrán publicitar los horarios y los medios de contacto de la forma que lo estimen conveniente.-

Si bien estamos atravesando tiempos difíciles, juntos vamos a superarlos, no olvidemos que cuidarnos es cuidar al otro y el otro “SOMOS TODOS”.-

RAMALLO

TESONE Marina S. San Martín N°119 (VR) 488031 [email protected]

GOMEZ Florencia Clark N° 989 (VR) 489572 [email protected]

TURRINI Sabina Inés Clark N° 989 (VR) 489572 [email protected]

DRAQUE Hernán Mitre N° 1291 (R) Cel. 15407326 [email protected]

ALCORTA M.

Mercedes 1° Junta N° 257 (VR) 488283 escribaniaalcorta@gmail.

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